Proyecto de ordenanza para creación de la Comedia Municipal de Arte Dramatico en Mar del Plata

Hola a Todos y Todas
Compañeros Actores y Actrices de Mar del Plata: Informamos que este es el proyecto de creación de la Comedia Municipal de Arte Dramático del Partido de General Pueyrredon.
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E.Nacional Actores MdP

Señor Presidente del
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
Arq. Marcelo Artime
S / D

Visto:

Que nuestra ciudad cuenta con una intensísima actividad teatral, festivales, encuentros, jornadas de perfeccionamiento, centros culturales dedicados al arte escénico cómo así también una Escuela Municipal de Arte Dramático, todos los cuales funcionan durante todo el año.

Que por lo antes expuesto y porqué nuestra ciudad, tiene una especial característica que la destaca: la temporada estival; en donde somos visitados por millones de turistas siendo a nivel mediático una vidriera cultural a nivel nacional, sería de fundamental interés cultural, turístico, y representativo para nuestra ciudad la creación de una compañía estable de teatro (denominada comedia municipal) que será rotativa anualmente, concursada y que su desarrollará su actividad durante los 12 meses del año;

Considerando:

Que por lo antes expresado nuestra ciudad cuenta con gran cantidad de actores, directores, dramaturgos, mimos, clowns, bailarines, artistas circenses. Que los mismos han alcanzado un desarrollo y un grado de actividad, continuidad y profesionalismo indiscutible.

Que grandes ciudades de nuestras provincias y del país (Bahía Blanca, Rosario, Mendoza, Tucumán, son algunas de ellas), cuentan con sus propias comedias municipales que representan a su ciudad, local, regional, nacional, e internacionalmente.

Que hay antecedentes de la existencia de anteriores comedias municipales en nuestro partido, que siempre fueron desarticuladas por interrupciones de los procesos democráticos, quedando la creación de la comedia cómo una deuda con la democracia.

Que dadas las características ya citadas, con las que cuenta nuestra ciudad, se hace indispensable la creación de una comedia que nos represente siendo ésta dependiente de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de General Pueyrredon.

Que la comedia tendrá como objetivo promover, desarrollar y fomentar la actividad teatral en el partido de General Pueyrredon y si se dieran las circunstancias propicias, salir en Gira, tanto a nivel regional, provincial, nacional e internacional.

Que será motor fundamental de la comedia, la llegada de está a los barrios de la ciudad, en donde la obra presentada pueda ser vista por la mayor cantidad de pobladores del partido de General Pueyrredon.

Que las obras presentadas como proyectos en concurso deberán exaltar valores de justicia, libertad, solidaridad, participación e interrogación sobre la condición humana y su circunstancia socio-histórica, pudiendo expresar todo tipo de estética, dirigido a público adulto o infantil.

Que la obra presentada pueda ponerse en escena en el teatro Colon, o la Sala A del Centro Cultural Soriano, dando funciones para escuelas primarias o secundarias, siendo la entrada para estas gratuitas.

Por los fundamentos expuestos el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva para su consideración en el Honorable Concejo Deliberante los siguientes proyectos de:

O R D E N A N Z A

Art.1.- Créase en el ámbito del partido de General Pueyrredon, La Comedia Munici-pal, dependiente de la Secretaría de Cultura de General Pueyrredon.

Art. 2.- Las obras serán presentadas a concurso de directores, como proyectos teatrales integrales, que incluirán el texto elegido, la fundamentación de la puesta en escena, el diseño de la iluminación, la maqueta escenográfica, el sentido de la elección de la obra, el diseño de vestuario, de maquillaje y el plan de trabajo como así también currículum personal y carpeta de antecedentes que acreditan al menos 4 (cuatro) puestas en escena y al menos 2 (dos) años de residencia estable y acreditada en nuestra ciudad.

Art. 3.- La elección del equipo técnico (escenógrafo, vestuarista, maquilladora, asistente de escenario y asistente de dirección) correrá por cuenta del director de forma consensuada con la Secretaría de Cultura Municipal.

Art. 4.- La elección de los actores será por casting, donde la elección de los mismos correrá por cuenta del mismo jurado que elija al director. La llamada al mismo será llevada a cabo inmediatamente después de la elección del director y tendrá un máximo de 5(cinco) días para llevar adelante la elección. Seleccionando como mínimo 12 (doce) actores, y un máximo de 15 (quince).

Art. 5.- El casting de actores será llevado a cabo durante la primera quincena de abril. Inmediatamente luego de finalizada la elección de los mismos, con un plazo máximo de 10 (diez) días, comenzarán los ensayos de la obra elegida que incluirá a todo el equipo.

Art. 6.- La elección del Director y el proyecto para la comedia municipal, será llevada a cabo durante la segunda quincena de marzo.

Art. 7.- El jurado elegirá al director de la comedia municipal y será conformado por tres integrantes no locales y con residencia estable fuera de la quinta sección electoral, para aportar transparencia a la elección. Uno de ellos será propuesto por el Secretario de Cultura de General Pueyrredon, otro por la delegación de la Asociación Argentina de Actores y el restante por el Instituto Provincial de Cultura.

Art. 8.- El director contará con tres meses para los ensayos, con un módulo semanal de trabajo que, dentro del nomenclador municipal, será de 36 horas para todo el equipo.

Art. 9.- El director cobrará un sueldo equivalente, mensual a un jefe de departamento, cada actor cobrará un sueldo mensual equivalente a un técnico IV del nomenclador municipal, y el resto del equipo cobrará mensualmente un sueldo equiparable a un técnico III del nomenclador municipal.

Art. 10.- El director, el equipo de trabajo, serán contratados desde el 1º de Abril del año en curso (director y equipo de trabajo) y desde el 15 de abril para los acto-res. Para todos, el contrato finalizará el 28 de febrero del año posterior.

Art. 11.- La obra deberá estrenarse en el teatro municipal Colón a finales del mes de julio o principios de agosto en la temporada de las vacaciones invernales.

Art. 12.- La misma deberá adecuarse para poder desarrollar funciones en sociedades de fomento, clubes, o espacios no convencionales de todo el partido de General Pueyrredon.

Art. 13.- El proyecto del director deberá ser inédito.

Art. 14.- Para presentarse nuevamente a concurso, el director y su equipo de trabajo deberán esperar el período de un (1) año, no así los actores que podrán pre-sentarse a concurso anualmente.

Art. 15.- La Secretaría de Cultura creará un área municipal que atenderá lo referente al llamado a concurso, producción, administración, condiciones técnicas, difusión, calendario de funciones (en conjunto con programación) y contará con el personal para el caso de traslado, armado de escenografía, iluminación, Sonido, y todo aquello que haga al buen funcionamiento de este instrumento cultural denominado “comedia municipal”. A estos últimos efectos, podrá coordinar esfuerzos con otros sectores del departamento ejecutivo que puedan aportar personal para las tareas específicas, antes citadas, que se lleven a cabo. El calendario tendrá un mínimo de 30 funciones y un máximo de 50 funciones, por cada comedia, tanto en el teatro municipal Colón, en el Centro Cultural Soriano, en barrios, sociedades de fomento, en otras regiones, en gira, etc.

Art. 16.- Cada función será notificada al elenco con dos semanas de antelación y en el caso que se realicen presentaciones fuera del partido de Gral. Pueyrredon, tres semanas antes.

Art. 17.- Las instituciones organizadoras de funciones que se realicen fuera del partido de General Pueyrredon, deberán hacerse cargo de los costos de viáticos, estadía, transporte del elenco y la escenografía, salvo que la Secretaría de Cultura hubiera formalizado algún tipo de convenio de intercambio cultural con otros municipios, embajadas, consulados etc.

Art. 18.- Habiendo terminado el tiempo de contratación: la utilería, la escenografía y el vestuario quedarán como patrimonio de la Secretaría de Cultura de General Pueyrredon.

Art. 19.- El costo de mantenimiento de la Comedia Municipal, con todos los gastos que esta insumiera, se solventará a través de un gravamen impositivo, que se le impondrá a los empresarios de paredes (dueños de salas de más de 600 espectadores) entre el 21 de Diciembre y la fecha del fin de Semana de Pascuas (fines de marzo-abril).

Art. 20.- El gravamen impositivo será del 2,5% sobre el contrato de locación que el empresario perciba por el arrendamiento de su sala entre las fechas descriptas en el artículo 18.

Art. 21.- La recaudación de este gravamen será destinada, exclusivamente a los gastos que imponga la Comedia Municipal; (sueldos, escenografía, vestuario, etc.) no pudiéndose destinar a ninguna otra partida presupuestaria. De haber algún excedente al finalizar la temporada anual de la Comedia, será depositado para su uso en la comedia venidera.

Art. 22.- Los ensayos se realizarán en el Teatro Colón, o en la sala “A” del Centro Cultural Soriano o en otro espacio que requiera el director de la comedia. Los ensayos de la Comedia tendrán preeminencia sobre el resto de la programación.

Art. 23.- De forma.